El Consejo de Estado, Sección Primera, declaró infundado el impedimento manifestado por el consejero Germán Eduardo Osorio Cifuentes para intervenir en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por Yumbo Limpio S.A.S. E.S.P. La causal invocada fue la supuesta emisión previa de opiniones fuera de actuación judicial, relacionadas con el objeto del proceso. Sin embargo, la Sala determinó que dichas opiniones, dadas en su calidad de director ejecutivo de la CRA, no constituyen impedimento, pues no son de fondo, sustanciales ni vinculantes que comprometan su imparcialidad. Además, el recurso de apelación versa sobre caducidad y no sobre legalidad de actos administrativos, por lo que no se configuran los presupuestos de la causal prevista en el numeral 12 del artículo 141 del CGP.