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¿Es jurídicamente viable trasladar hallazgos fiscales antes de que estos queden en firme?: CGR

Escrito por  Oct 09, 2025

La Contraloría General precisa que no es jurídicamente viable trasladar un hallazgo fiscal antes de que el informe que lo contiene haya sido aprobado, ya que ello vulnera el principio constitucional del debido proceso y el derecho de contradicción de la entidad auditada. El hallazgo solo queda firme cuando se discute y aprueba el informe correspondiente. La revisión eventual del informe, que puede realizarse antes o después de su liberación, no suspende ni aplaza los plazos para la aprobación ni el traslado del hallazgo, dado que estos deben cumplirse conforme al plan de trabajo de auditoría. El traslado se realiza mediante oficio firmado por los funcionarios competentes, con los soportes respectivos, garantizando así la legalidad y oportunidad en el control fiscal.

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Modificado por última vez en Miércoles, 08 Octubre 2025 20:45