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Consejo de Estado adecúa demanda de nulidad contra acto de SuperNotariado que adjudicó contrato a Universidad Libre y remite por competencia al Tribunal de Cundinamarca

Escrito por  Oct 07, 2025

La Sala precisó que la competencia para conocer en primera instancia del medio de control de nulidad y restablecimiento interpuesto contra el acto administrativo de adjudicación recae en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca debido a dos razones principales. Primero, la cuantía del proceso supera los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, conforme al artículo 152-2 del CPACA, lo que atribuye la competencia a los tribunales administrativos en primera instancia. Segundo, por el factor territorial, el acto de adjudicación fue expedido en Bogotá, lugar donde debe tramitarse inicialmente el proceso según el artículo 156-2 del CPACA. En consecuencia, el Consejo de Estado declaró su falta de competencia funcional y remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para su conocimiento y trámite. Además, se adecuó el trámite de la demanda al medio de nulidad y restablecimiento del derecho, dado que la anulación del acto puede producir un restablecimiento automático de derechos para terceros afectados.

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Modificado por última vez en Lunes, 06 Octubre 2025 21:08