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La Francisca S.A.S. solicitó la protección de su derecho al debido proceso para la devolución de tierras, pero la Corte Constitucional decidió negar su amparo, confirmando así la decisión del Tribunal que otorgó la restitución a los solicitantes

Escrito por  Mar 28, 2025

La sociedad La Francisca S.A.S. presentó un recurso ante la Corte Constitucional pidiendo protección de su derecho al debido proceso. Argumentó que el Tribunal Superior de Cartagena había cometido errores al decidir a favor de las personas que pidieron la restitución de ciertas tierras, que La Francisca consideraba de su propiedad. La sociedad decía que había sido tratada injustamente, ya que no se le reconoció su condición de tercero de buena fe y no se le dieron las compensaciones correspondientes según la Ley 1448 de 2011 sobre víctimas de despojo y desplazamiento.

En su decisión, la Corte Constitucional confirmó que el Tribunal no violó el debido proceso y que la aplicación de la Ley 1448 fue correcta, reconociendo a los solicitantes como víctimas del conflicto armado. La Corte determinó que La Francisca no demostró que había actuado de buena fe al adquirir las tierras, y que los alegatos sobre errores del Tribunal no eran válidos. Finalmente, la Corte negó el amparo solicitado por La Francisca, dejando en firme la decisión del Tribunal que otorgó la restitución de tierras a los solicitantes. Esto subraya la importancia de proteger los derechos de las víctimas en el contexto del conflicto armado en Colombia.

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Modificado por última vez en Jueves, 27 Marzo 2025 21:18