La regulación aplicable a la expedición del Certificado de Paz y Salvo para la Terminación del Contrato de Aseo está consignada en la cláusula 25 del modelo de contrato de condiciones uniformes de la Resolución CRA 778 de 2016. Esta establece que todo usuario del servicio de aseo tiene derecho a finalizar anticipadamente su contrato, cumpliendo ciertos requisitos. Si el suscriptor está a paz y salvo, solo necesita acreditar el pago de la última factura y firmar un acuerdo de pago para obligaciones pendientes.
Los prestadores del servicio deben tramitar la solicitud de terminación en un plazo máximo de 15 días hábiles. No pueden exigir requisitos adicionales y deben respetar el derecho del usuario a la terminación, incluso si afecta los plazos establecidos en el contrato. Esta regulación asegura la transparencia y facilita la desvinculación de los usuarios del servicio de aseo, promoviendo la competencia entre prestadores.
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