Los principales argumentos de la Corte Constitucional para declarar inexequibles los artículos 211 y 212 de la Ley 2294 de 2023 (PND 2022-2026), son los siguientes: la Corte argumentó que los artículos introducen cambios estructurales y permanentes al régimen de extinción de dominio, lo cual no se ajusta a la naturaleza del Plan Nacional de Desarrollo. Esto se basa en el principio constitucional de unidad de materia, que se deriva de los artículos 158 y 169 de la Constitución, que establece que las leyes deben tratar sobre un solo tema o materia. La Sala señaló que las medidas adoptadas en los artículos 211 y 212 no tienen una conexión directa, estrecha ni inmediata con las estrategias y orientaciones de las políticas gubernamentales del Plan Nacional de Desarrollo. Además, estas medidas no tienen un propósito de planificación y no son necesarias para impulsar el cumplimiento del plan nacional de desarrollo. Para mitigar el impacto desproporcionado que podría tener la declaratoria de inexequibilidad, la Corte decidió diferir los efectos de esta decisión hasta el final de la actual legislatura, permitiendo así que el Gobierno y el Congreso tramiten las reformas necesarias al régimen de extinción de dominio.