Archipiélago de San Andr6s, Providencia y Santa Catalina, será el 50% del ingreso al productor para el ACPM definido a nivel nacional”.
“A partir de la fecha de publicaci6n de a presente resoluci6n y hasta el 31 de enero de 2021, el ingreso al productor del diésel marino que se distribuya con destino a las embarcaciones de pesca para las actividades de pesca, de acuicultura y de cabotaje de hasta 300 toneladas de registro neto que se desarrollen exclusivamente en el área de influencia del
Archipiélago de San Andr6s, Providencia y Santa Catalina, será el 50% del ingreso al productor para el ACPM definido a nivel nacional”.