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Sala de Consulta absuelve inquietud en la que demandante alega uso indebido de la reserva de su historia clínica por parte de Colmena A.R.L.

Escrito por  Dic 14, 2020

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado se declara inhibida con respecto a si la entidad competente es la SIC o Instituto Nacional de Salud para la vigilancia de los procesos que adelantan los prestadores de servicios de salud vinculados con el manejo de una historia clínica y no es posible para la Sala resolver el conflicto de competencias,

pues la SIC, en su calidad de autoridad competente para conocer de las violaciones a los datos personales, ya está adelantando una indagación preliminar en contra de Colmena A.R.L., con miras a determinar si esta última desconoció el derecho de habeas data del demandante. El demandante alega que su historia clínica fue remitida al Instituto de Rehabilitación Médica y Electrodiagnóstico (IRME), sin la autorización previa del titular. Es decir, se acusa a Colmena A.R.L. de haber vulnerado el derecho de habeas data.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:51