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Si a un Municipio se le pide la remisión a la Justicia de todos los documentos de una Licitación, y éste responde que ellos pueden consultarse en el Secop, esta conducta procesal es un indicio en su contra

Escrito por  Jul 02, 2024

Hay que tener en cuenta, señala el Consejo de Estado, que el Tribunal decretó como prueba todos los documentos “relacionados con la Licitación pública” y ordenó que el Municipio los allegara al proceso. La demandada no envió la documentación y simplemente respondió que podía ser consultada en el Secop. Esta conducta procesal es por sí misma un indicio en contra que refuerza la conclusión probatoria de que el contrato no se suscribió. Además, el pliego de condiciones demuestra la fecha en que se debía firmar el contrato y en el Secop se puede constatar que el contrato no ha sido suscrito hasta la fecha. La Sección Tercera del Consejo de Estado ya ha explicado que las entidades deben responder por los perjuicios que causen cuando deciden no suscribir un contrato que han adjudicado. En otras palabras, el Municipio, no advirtió la existencia de una justa causa para abstenerse de suscribir el contrato que ya había adjudicado, razón por la cual debe responder por su omisión.

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Modificado por última vez en Lunes, 01 Julio 2024 21:56