Respecto a la reforma de los estatutos de las sociedades anónimas y las sociedades en comandita por acciones, la SSPD indicó que, esta debe constar en escritura pública, teniendo como soporte el acta que contiene la decisión de reforma. Las sociedades por acciones simplificadas SAS, se crean mediante contrato o acto unilateral que conste en documento privado, inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio del lugar en que la sociedad establezca su domicilio principal, no obstante, cuando los activos aportados a la sociedad sean bienes sujetos a escritura pública también debe realizarse la respectiva inscripción.