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Consejo de Estado negó nulidad de la norma que fija la destinación de recursos para la gestión integral de páramos, en lo referente a la fórmula para la distribución de porcentajes de transferencias del sector eléctrico

Escrito por  Abr 11, 2024

Para la Sala, no están cumplidos los requisitos para decretar de la suspensión provisional solicitada, toda vez no surge la infracción manifiesta que predica ASOCARS (demandante). El aparte demandado fue el artículo 2 del Decreto 644 de 2021, se estableció la fórmula para la distribución de los porcentajes de las transferencias del sector eléctrico

La Alta Corte resaltó que los argumentos que sustentan la solicitud de la medida cautelar, “respecto al desconocimiento de los criterios señalados en la regla de distribución establecida en el numeral 1 del artículo 45 de la Ley 99 de 1993, y de la cosa juzgada frente a lo determinado por la Corte Constitucional en la sentencia C-407 de 2019, y la violación de los los principios de legalidad y certeza tributaria y el deficiente desarrollo de la potestad reglamentaria, van más allá de la confrontación normativa que corresponde efectuar en esta etapa”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 10 Abril 2024 19:12