Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

MinTrabajo publicó concepto sobre el régimen aplicable a las Cooperativas de Trabajo Asociado

Escrito por  Mar 15, 2024

"Como las Cooperativas de Trabajo Asociado no se rigen por las disposiciones laborales, la relación entre aquélla y el trabajador asociado no es una relación empleador – trabajador sino un vínculo de naturaleza cooperativa y solidaria, máxime cuando las Cooperativas de Trabajo Asociado han sido creadas con el fin de que los socios cooperados se reúnan libre y autónomamente para realizar actividades o labores físicas, materiales, intelectuales o científicas con el fin de producir en común bienes, ejecutar obras o prestar servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general, y son los mismos trabajadores quienes organizan las actividades de trabajo, con autonomía administrativa y asumiendo los riesgos en su realización”.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 14 Marzo 2024 21:02