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La ANM explicó la definición legal de “Distritos mineros especiales para la diversificación productiva”, contenidos en el PND 2022-2026

Escrito por  Ene 31, 2024

En desarrollo de lo establecido en el Articulo 231 del PND 2022-2026, los Distritos mineros especiales para la diversificación productiva, se explican como “un como un sistema productivo localizado donde se ubica un buen número de productores dedicados a manufacturar o explotar, en distintas fases, un producto homogéneo o un mineral o grupo de minerales. La actividad de estas empresas pertenece a un mismo ciclo de producción con diferentes responsabilidades estratégicas. El concepto de “cluster”, que recientemente ha tomado mucha fuerza, tiene unas connotaciones muy relacionadas con las del distrito industrial”.

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Modificado por última vez en Martes, 30 Enero 2024 21:45