A través de este decreto el Gobierno adicionó decreto Único del sector en el sentido de establecer y reglamentar los mecanismos necesarios para determinar la procedencia y trazabilidad de los minerales, registrar las transacciones mineras y establecer las herramientas de control necesarias para su aplicación. La norma va dirigida a los explotadores mineros autorizados, comercializadores mineros autorizados, plantas de beneficio y transformación inscritas o publicadas en el Registro Único de Comercializadores de Minerales -RUCOM-, así como a la autoridad minera y demás autoridades competentes.