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“La variación de la cotización de la TRM durante la ejecución de un contrato estatal, puede causar un desequilibrio económico con afectación grave a la economía del negocio”: Consejo de Estado

Escrito por  Dic 27, 2023

El asunto versa sobre la reclamación de compensación por desequilibrio contractual, derivado de la variación de la tasa representativa del mercado, en el marco de un negocio estatal donde el demandante vendió al ente territorial demandado, tabletas y tableros digitales destinados a diferentes instituciones públicas.

Para que se configure este evento de rompimiento del equilibrio económico del contrato con el consecuente reconocimiento económico a favor del contratista, se requiere acreditar que: (I) con posterioridad a la celebración del contrato, se presentó un hecho ajeno o exógeno a las partes, o no conocido, es decir, no atribuible a ninguna de ellas; (II) esa nueva circunstancia fue imprevista o imprevisible, esto es, que no pudo ser razonablemente predecible por las partes; y, (III) el hecho alteró de manera anormal y grave la ecuación financiera del contrato, haciendo mucho más gravosa su ejecución, sin imposibilitar su continuación.

La Sal confirmó el fallo, comoquiera que la variación de la TRM bajo el contrato objeto de controversia: fue un riesgo previsible para el demandante, cuyas consecuencias debía soportar y no causó una afectación grave en la economía del contrato.

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Modificado por última vez en Martes, 26 Diciembre 2023 21:20