¿En virtud del Principio de Integralidad de las normas, podría configurarse un enriquecimiento sin justa causa por la apropiación o uso de los trabajos Mineros existentes?; ¿En el evento en el que el Minero Tradicional manifieste y pruebe la existencia de Trabajos de Minería Tradicional que se sobreponen con la solicitud de Contrato de Concesión, prima el Minero Tradicional o prima el Proponente de la Propuesta de Contrato de Concesión?”; Cuál es el efecto jurídico que produce la manifestación y prueba de la existencia y trabajos de Minería Tradicional en la Audiencia de Participación de Terceros y/o Audiencia de Concertación? y ¿cuáles son las normas de rango Constitucional, Jurisprudencial, Legal y Reglamentario, que regula la actividad minera de carácter tradicional?; ¿cuáles son las normas del mismo rango que benefician al Minero Tradicional?, entre otros interrogantes.