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Consejo de Estado declaró nulidad de las expresiones "parcialmente" y "cualquier celda que abarque el título, se bloqueará para nuevas solicitudes", contenidas el documento técnico: "Lineamientos para la Evaluación de los Trámites Solicitudes Mineras

Escrito por  Sep 13, 2023

La Sala concluyó que la Agencia Nacional de Minería dio un alcance erróneo a los derechos adquiridos, así como al principio de primero en el tiempo primero en el derecho en las reglas de negocio 6.1.2. y 6.1.6. que forman parte integral de la Resolución 505 de 2019, al crear un derecho exclusivo en favor del beneficiario de títulos mineros sobre áreas que no están comprendidas en su título, lo que desconoce el orden de prelaciones dispuesto en la legislación minera y, en segundo lugar, que las mencionadas reglas de negocio fueron expedidas sin motivación, con violación de las normas en que debían fundarse, porque favorecen "injustificadamente" a los titulares mineros bajo un concepto equivocado de derechos adquiridos, al establecer que son los únicos habilitados para presentar solicitudes de concesión sobre las áreas libres de una celda tocada total o parcialmente por un título minero. Por lo expuesto, la Sala declarará la nulidad de las expresiones "parcialmente" y "cualquier celda que abarque el título, se bloqueará para nuevas solicitudes", contenidas en la regla de negocio 6.1.2., y la nulidad de los dos primeros incisos de la regla de negocio 6.1.6.

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Modificado por última vez en Miércoles, 13 Septiembre 2023 07:24