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MinTrabajo hizo precisiones en cuanto a lo establecido en el CST sobre la potestad de las organizaciones sindicales para la creación de Subdirectivas y Comités Seccionales

Escrito por  Sep 06, 2023

El Código Sustantivo del Trabajo CST preceptúa sobre la potestad de las organizaciones sindicales para la creación de Subdirectivas y Comités Seccionales, cuando tengan veinticinco (25) afiliados como mínimo para la creación de subdirectiva y doce (12) afiliados mínimo para

erigir el Comité Seccional en el municipio correspondiente, siempre y cuando se lo haga en una sede distinta al de la sede de la directiva sindical principal y municipio distinto al de la subdirectiva para con respecto al comité seccional.

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