Con respecto a la conexión profunda de que trata el artículo 21 de la Resolución CREG 075 de 2021, no se ha expedido la resolución en la que se define la forma como el interesado debe asumir la parte del costo de la expansión del STN que le corresponda. Este tema se encuentra dentro de la revisión de la metodología de remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica, cuya expedición se tiene prevista en la agenda regulatoria del presente año.