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MinMinas definió el fundamento jurídico del proceso de servidumbre que debe adelantar el titular de un proyecto minero que pretende suministrar energía eléctrica al mismo

Escrito por  Ago 23, 2023

La Entidad analizó el alcance de la Ley 1274 de 2009 para observar si frente a un proyecto minero que requiere el suministro de energía a través de la construcción y operación de una línea de conducción, su propietario debe adoptar el proceso de imposición de servidumbre de

energía eléctrica o minera. A través de este concepto el ministerio de Minas define cuál es el criterio prevalente para determinar la norma aplicable a este tipo de servidumbre.

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Modificado por última vez en Miércoles, 23 Agosto 2023 07:57