La Entidad aborda el marco normativo de los siguientes ejes temáticos: Connotación de utilidad pública por virtud de la ley; la facultad de exigir la enajenación forzosa del bien mediante el proceso de expropiación; orientado todo ello a garantizar la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del proyecto y a su vez proteger los derechos de los propietarios de los predios. (Art. 18 L. 56/1981); Limitación al ejercicio del derecho de dominio por parte de los propietarios de los predios afectados por la declaratoria (Art. 9 L. 56/1981); Sobre la notificación de los actos administrativos de Declaratoria de Utilidad Pública e Interés Social a los propietarios de los predios y promotores de los proyectos y el no reconocimiento al propietario del predio de las mejoras realizadas sobre el mismo a partir de la fecha del acto administrativo de declaratoria (Art. 11 L. 56/1981).