que el sujeto pasivo de la obligación parafiscal es el contratista estatal como trabajador Independiente. Quienes no cancelen el aporte parafiscal al momento de recibir su pago incumplen un deber legal, que puede eventualmente irrogar un daño patrimonial, pero aún no se encuentran en ejercicio de gestión fiscal, conforme lo establece el artículo 3o.de la Ley 610 de 2000.