respectivo país. En el caso de los nacionales venezolanos, a partir del 1 de marzo de 2023, las entidades vigiladas solo podrán vincularlos con la exhibición del Permiso de Protección Temporal-PPT.
La SFC indicó que en los procesos de apertura y contratación de productos y/o servicios financieros los clientes personas naturales, sin distinción de su nacionalidad, deben identificarse ante las entidades vigiladas con el documento expedido por la autoridad competente de
respectivo país. En el caso de los nacionales venezolanos, a partir del 1 de marzo de 2023, las entidades vigiladas solo podrán vincularlos con la exhibición del Permiso de Protección Temporal-PPT.