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Directrices de MinMinas en relación con la correcta aplicación de subsidios y contribuciones a usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica del -SIN, específicamente, con la demanda de energía reactiva

Escrito por  Jul 17, 2023

Ver instructivos y formatos en el siguiente enlace: Instructivos y formatos FSSRI. En cuanto a los subsidios, éstos son destinados para cubrir una porción del consumo básico o de subsistencia de los usuarios de menores ingresos, determinado en kWh-mes. Por su parte, la energía reactiva que se mide en kVArhmes, no está enmarcado dentro del consumo básico o de subsistencia. Así mismo, la regulación de la CREG dispone el cobro de la energía reactiva como un desincentivo, pues la misma no es deseable para el sistema, lo cual no está en línea con el esquema de subsidios que, busca satisfacer las necesidades básicas de los usuarios con capacidad económica insuficiente para acceder al servicio, a partir del cubrimiento de parte del consumo básico o de subsistencia. En ese sentido, el subsidio al consumo de la energía reactiva no es procedente. Teniendo en cuenta lo señalado en el párrafo anterior, la demanda de energía reactiva facturable no será objeto de aplicación de subsidio y, por lo tanto, no habrá ningún reporte dirigido al Ministerio de Minas y Energía relacionado con este particular.

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