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Corte concluyó que las modificaciones introducidas al Código de Extinción de Dominio vulneran la Constitución, al incorporar modificaciones que desconocen la destinación de los predios rurales provenientes de la extinción judicial de dominio al Fondo

Escrito por  Jul 06, 2023

“En relación con la modificación de los destinatarios de los predios rurales objeto de extinción de dominio, la Corte concluyó que dicha modificación desplazó en el orden de prelación a los sujetos de acceso a tierra y de reforma agraria, así como a las víctimas del despojo de tierras, cuyos derechos se pretendieron garantizar en el Acuerdo Final de Paz y en la legislación de implementación, entre la que cabe mencionar la Ley 1849 de 2017 mediante la cual se modificó Ley 1708 de 2014 para dar cumplimiento al Acuerdo en materia de tierras”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 05 Julio 2023 13:28