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La CGR precisó la diferencia entre contrato y convenio interadministrativo y el plazo para liquidarlos

Escrito por  Jun 21, 2023

Para establecer la diferencia entre contrato y convenio interadministrativo, la Entidad recurre a lo indicado por el Consejo de Estado, lo cual es explicado a través de este concepto. “Los contratos interadministrativos son aquellos que suscriben las entidades públicas entre sí, y

cuyas obligaciones son conmutativas, es decir, que pretenden el intercambio de prestaciones de servicios con contribución económica y la satisfacción de necesidades contrapuestas y su régimen contractual es el Estatuto General de Contratación Administrativa. Distinto son los denominados convenios interadministrativos, cuyo régimen es el establecido en la Ley 489 de 1998 y su fin es aunar esfuerzos, es decir, cooperación, razón por la cual sus prestaciones no son necesariamente conmutativas”.

En este concepto se indican las normas aplicables a la liquidación de contratos y convenios interadministrativos.

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