representante legal en la que consten las condiciones como se proyecta efectuar la opción de compra o el reembolso de los aportes.
Este concepto trae a colación lo establecido en la Circular Básica Jurídica vigente en relación con el tema, en lo que atañe a los supuestos de autorizaciones particulares de escisión por parte de la Superintendencia de Sociedades.