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SDA efectuó un repaso normativo sobre la destinación de recursos del 1% para desarrollo de aplicativo de predios

Escrito por  Jun 20, 2023

La Entidad concluyó “el porcentaje del 1% de los ingresos corrientes de que trata el artículo 111 de la ley 99 de 1993 modificado por los artículos 106 de la Ley 1151 de 2007 y 210 de la Ley 1450 de 2011, es una fuente de financiación con destinación específica, la cual es

lograr la gestión integral del recurso hídrico a través de la conservación y recuperación de las áreas de importancia estratégica que surten de agua a los acueductos municipales, distritales y regionales, mediante la adquisición y mantenimiento de dichas áreas y la financiación de los esquemas de pago por servicios ambientales”.

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Modificado por última vez en Lunes, 19 Junio 2023 23:41