Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

CGR reiteró que el control fiscal al contrato estatal se ejerce después de su perfeccionamiento y legalización

Escrito por  Jun 13, 2023

El ente de control reiteró que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 4 de la Ley 2160 de 2021, “el control fiscal al contrato estatal se ejerce después de su perfeccionamiento y legalización, sin perjuicio del control

preventivo y concomitante ejercido por parte de la Contraloría General de la República, el cual se realizará en tiempo real a través del seguimiento permanente de los ciclos, uso, ejecución, contratación e impacto de los recursos públicos, mediante el uso de tecnologías de la información, con la participación activa del control social y con la articulación del control interno”.

“La función fiscalizadora que se realiza en forma posterior, permite determinar si el contrato se ajusta a lo preceptuado en el Estatuto Contractual, la Ley de Presupuesto y las normas especiales si fuere el caso; así mismo en esta etapa de la fiscalización se puede establecer la conveniencia o inconveniencia del mismo”.

Descargar Documento