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Consejo de Estado reiteró que el concepto de la DIAN en el que incluyó a las cervezas sin alcohol como gravadas con el impuesto al consumo, fue declarado nulo por esta Corporación

Escrito por  May 30, 2023

La Sala declaró oficiosamente como cosa juzgada, la legalidad del Oficio 9295, del 26 de marzo de 2015 de la DIAN, “atendiendo la sentencia del 15 de septiembre de 2022 (exp. 25428, CP: Milton Chaves García) declaró la nulidad plena del referido oficio emitido por la

DIAN, debido a que este quebrantó el artículo 186 de la Ley 223 de 1995, al exceder el alcance interpretativo de ese dispositivo frente al hecho imponible del impuesto al consumo, a tal punto que incluyó a las cervezas sin alcohol como gravadas con el tributo, pese a que los antecedentes legislativos de la Ley 223 de 1995 estaban dirigidos a gravar las bebidas alcohólicas y no a aquellas que pese a su denominación comercial no contienen alcohol”.

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