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Corte advirtió a la Cruz Roja Colombiana abstenerse de adelantar procesos disciplinarios en los que persiga la expresión de manifestaciones de disenso, dado el despido de dos voluntarios que votaron negativamente unas reformas estatutarias

Escrito por  May 30, 2023

En el presente caso correspondió a la Sala resolver la situación jurídica de unas personas que fungían como voluntarios y directivos de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana y quienes, con ocasión a su participación dentro del desarrollo de las Convenciones

Nacionales Estatutarias que tuvieron lugar en noviembre de 2020 y marzo de 2021, fueron sancionados por haber incurrido en faltas contra la ética de la sociedad al concertar votar negativamente a la reforma propuesta.

La Corte encontró que la acción formulada era procedente por dos razones: “Primero, porque si bien se trató de una tutela en contra de un particular, los accionantes se encontraban en situación de subordinación e indefensión que habilitan el pronunciamiento excepcional del juez constitucional sobre este tipo de controversias. Segundo, porque no existe otro mecanismo de defensa judicial al que puedan acudir los accionantes”.

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