de los pueblos indígenas y las comunidades campesinas en los procesos de constitución de ZRC y el Derecho al debido proceso administrativo y su relación con el derecho al territorio; analizó la presunta vulneración del derecho de acceso a la tierra en el trámite del proceso de constitución de las ZRC.
La Sala explicó que “es posible que las ZRC coexistan con territorios ancestrales de los pueblos indígenas y tribales, caso en el cual se deben encontrar fórmulas de armonización de los derechos las dos poblaciones, pues ambas han sido consideradas como sujetos de especial protección constitucional. De otra parte, refirió que respecto de las comunidades campesinas también es exigible el respeto del derecho de acceso a la tierra a través de la titulación correspondiente conforme las normas del derecho al debido proceso y la resolución de las solicitudes en un plazo razonable y sin dilaciones injustificadas”.