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CE negó demanda que buscaba la protección de los derechos colectivos presuntamente vulnerados por el Acuerdo por medio del cual el Concejo de Riohacha autorizó al alcalde para constituir una sociedad de economía mixta organizada como E.S.P.

Escrito por  May 19, 2023

Loa demandantes argumentaron que con ocasión del Acuerdo 024 de 16 de agosto de 2019, por medio del cual el Concejo Municipal de Riohacha autorizó al alcalde distrital para que constituyera una sociedad de economía mixta organizada como E.S.P. para la prestación de los

servicios de acueducto y alcantarillado, se vulneraron los derechos colectivos a la defensa del patrimonio público y a la prestación eficiente de estos servicios, así como los derechos de los usuarios, debido a que una empresa de servicios públicos mixta no podía equipararse a una sociedad de economía mixta y, además, porque el objeto de esa empresa sería generar beneficios económicos y no prestar el servicio en condiciones óptimas.

Para la Sala, la afectación de los derechos colectivos a la que aluden los demandantes nunca llegó a concretarse y, por eso, tampoco es posible emitir un pronunciamiento sobre un escenario hipotético de transgresión de los derechos colectivos por cuenta de la creación de una nueva entidad pública, dado que no es posible evaluar si un modelo de prestación de servicios públicos respeta el interés general cuando este jamás entró a operar. Sin lugar a duda, más allá de que el juez contencioso haya decretado la suspensión provisional de los efectos del Acuerdo 024, no existe amenaza o violación de los derechos colectivos invocados por cuanto jamás se materializó la decisión que podría ocasionar tal trasgresión.

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