proceso laboral declarativo en el que se haya condenado al deudor concursado a pagar indemnización moratoria e intereses moratorios, el Juez de insolvencia procede a ordenar al liquidador la recalificación del crédito tal como fue dispuesto en la providencia citada, teniendo en cuenta que la mora solo se causa hasta el día anterior al inicio del proceso de liquidación judicial, como quiera que a partir de este momento no existe culpa del deudor por el impago, por la prevalencia de las reglas concursales en virtud de las cuales existe un tratamiento igual para todos los acreedores y el pasivo solo se paga en el momento procesal dispuesto en la Ley”.