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SuperSociedades absolvió una serie de interrogantes relacionados con el decreto de utilidades en las sociedades por acciones

Escrito por  May 05, 2023

“Una de las  características más relevantes en el marco normativo de las S.A.S., es la posibilidad de ejercer la más amplia autonomía contractual en la redacción de los estatutos sociales; en esencia, se trata de permitir que los asociados a su discreción definan las reglas bajo las

cuales se han de manejar los asuntos relacionados con la organización y el funcionamiento de la sociedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1258 de 2008”.

“Por lo anterior y en ausencia de norma en la Ley 1258 de 2008 que regule el asunto, este tipo societario tiene libertad de estipular en sus estatutos, la forma cómo se realizará el decreto y la distribución de las utilidades sociales de cada ejercicio. Ahora bien, en ausencia de disposición estatutaria, y por remisión normativa1, se aplicarán las reglas aplicables a las sociedades anónimas y las disposiciones generales del Código de Comercio, en cuanto no resulten contradictorias”.

 

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