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Corte ordenó el suministro de pañales en un caso notorio de una paciente que padece patologías de afectaciones neurológicas degenerativas

Escrito por  May 03, 2023

Para la Sala, el médico tratante adscrito a COSMITET vulneró el derecho de la accionante a la provisión y acceso oportuno a las tecnologías para atender sus patologías previsto en el artículo 10 de la LES. Lo anterior, debido a que no negó el suministro de los pañales con base

en un criterio técnico-médico. El fundamento de la negativa fue, exclusivamente, que el Plan Integral en Salud del Magisterio excluye a los pañales de cobertura, lo cual desconoce la faceta de diagnóstico del derecho fundamental a la salud. De otro lado, la Sala constató que la necesidad del suministro de los pañales en este caso era un hecho notario, habida cuenta de las patologías de la accionante.

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