provisionalidad en el Juzgado Primero Civil Municipal de Neiva, ante el reintegro de la persona que ostentaba su titularidad, pese a que se encontraba en estado de embarazo. Esta Corporación, en segunda instancia, confirmó la decisión impugnada en relación con el amparo de los derechos invocados y modificó la orden de pago de las cotizaciones al sistema de seguridad social en salud, que deben efectuarse durante todo el periodo de la licencia de maternidad y hasta que culmine.