“Frente a la dispensación de medicamentos, existe un marco normativo robusto. La Ley 23 de 1962 reguló el ejercicio de la profesión de químico farmacéutico y el Decreto 2200 de 2005 reglamenta el servicio de dispensación farmacéutica. Este último define las características que debe tener la prescripción médica (artículos 16 y 17), las condiciones de distribución de medicamentos (artículo 18) y el requisito de exigir la presentación de la prescripción médica para la dispensación de medicamentos del régimen ‘venta bajo fórmula médica’ (artículo 19). Estas directrices se retoman en el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, adoptado mediante la Resolución 1403 de 2007”.