fugas, aprovechamiento quema y venteo de gas natural.
El “operador deberá realizar anualmente la medición de la deficiencia del proceso de quema de gas natural de las teas del campo que se encuentre en producción y deberá demostrar la conformidad de la medición de eficiencia de las teas, a través de un informe de inspección expedido por un organismo acreditado por el ONAC o por un organismo acreditado por él y bajo la norma NTC ISO, con alcance a los lineamientos técnicos, incluida la eficiencia mínima y la metodología que establezca la entidad de fiscalización”.