por lo que solicitó que se le permitiera viajar sin restricciones de manos y pies. La Sala Octava de Revisión, integrada por las magistradas Cristina Pardo Schlesinger (ponente) y Natalia Ángel Cabo y el magistrado José Fernando Reyes Cuartas, analizó el caso y concluyó que acceder a la solicitud del accionante implicaría un sacrificio mayor de la seguridad, no solamente del actor, sino también de los reclusos que son transportados con él, del cuerpo técnico de vigilancia y custodia que los acompaña y de los ciudadanos que transitan por las instituciones de salud a las que es trasladado”.