con ingresos registrados en cuentas de ingresos varios, sin que haya expuesto razones de hecho o de derecho que justificaran su inclusión en la base gravable.
Para la Sala, la liquidación oficial es nula, en tanto grava los “ingresos varios”, que no constituyen base gravable de ICA para las entidades financieras, como lo dispone la ley y fue avalado por la Corte Constitucional y por el Consejo de Estado. Aunque el distrito acepta que los ingresos varios no hacen parte de la base gravable, pretende adicionar la base gravable del ICA
con ingresos registrados en cuentas de ingresos varios, sin que haya expuesto razones de hecho o de derecho que justificaran su inclusión en la base gravable.