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Consejo de Estado analizó el alcance de la Ley de Inversión Social en cuanto a las condiciones, requisitos y montos de conciliación en materia tributaria

Escrito por  Feb 17, 2023

La Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, «Por medio de la cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones», en su artículo 46 prevé la conciliación contenciosa administrativa en materia tributaria y faculta a la DIAN para conciliar en procesos

contencioso administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria. Para el efecto, estableció las siguientes condiciones, requisitos y montos, tratándose de procesos en los que se discute la legalidad de liquidaciones oficiales o de resoluciones que imponen sanción: Haber presentado la demanda antes del 30 de junio de 2021. 2. Que la demanda haya sido admitida antes de la presentación de la solicitud de conciliación ante la Administración. 3. Que no exista sentencia o decisión judicial en firme que le ponga fin al respectivo proceso judicial. 4. Adjuntar prueba del pago, de las obligaciones objeto de conciliación de acuerdo con lo indicado en los incisos anteriores. 5. Aportar prueba del pago de la liquidación privada del impuesto o tributo objeto de conciliación correspondiente al año gravable 2020 o 2021, siempre que al momento de presentarse la solicitud de conciliación hubiere lugar al pago de dicho impuesto. 6. Que la solicitud de conciliación sea presentada ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hasta el día 31 de marzo de 2022.

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