de cotización - IBC el reportado en el mes anterior al inicio de la incapacidad, entendiendo, es decir, en la última planilla pagada el mes anterior a la incapacidad.
Respecto a la consulta elevada a la autoridad en salud, esta indicó que, la incapacidad será reconocida por la Entidad Promotora de Salud -EPS en la medida en que se haya cotizado en los términos previstos en el artículo citado y será liquidada teniendo en cuenta el ingreso base
de cotización - IBC el reportado en el mes anterior al inicio de la incapacidad, entendiendo, es decir, en la última planilla pagada el mes anterior a la incapacidad.