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MinSalud se pronunció sobre la validez del Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento válido para hacer parte de la lista de trasplante

Escrito por  Feb 01, 2023

El MinSalud reiteró lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 1805 de 20161, modificado por el artículo 9 del Decreto Ley 2106 de 2019, en el sentido que, se prohíbe la prestación de servicios de trasplante de órganos y tejidos a extranjeros no residentes en el territorio nacional,

salvo que el receptor sea cónyuge o compañero permanente, pariente en cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, del donante. El Instituto Nacional de Salud (INS) podrá autorizar los trasplantes a extranjeros no residentes cuando se compruebe que los tejidos disponibles son suficientes para cubrir la demanda interna. En todo caso los nacionales y los extranjeros residentes tendrán prelación.

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