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CE confirmó la sanción por desacato impuesta al entonces alcalde de Uribia, Guajira, por el presunto incumplimiento de las órdenes contenidas en una sentencia, relacionada con el goce de los derechos al agua potable, de la niñez Wayúu

Escrito por  Ene 26, 2023

La Sala encontró que no solo es en cabeza de esta autoridad territorial que debe analizarse la conducta subjetiva que dé lugar a una sanción por desacato, pues, como insistentemente lo dice la Corte Constitucional en las distintas providencias que ha emitido respecto a este

pueblo Wayúu: la problemática debe abordarse de manera conjunta, armónica, mancomunada, por las diferentes instancias estatales, gubernamentales, de órganos de control y vigilancia, pues de lo contrario, el estado de cosas inconstitucional va a continuar perpetuándose y es en eso precisamente, en lo que debe actuar constantemente el juez de tutela, a través de la facultad oficiosa con la que cuenta para verificar el cumplimiento de las órdenes y la facultad disciplinaria que le ha sido otorgada para sancionar por desacato a quienes en definitiva, no cumplen con la orden constitucional.

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