dispongan los estatutos. En todo caso los avalúos estarán sujetos a control posterior de la autoridad competente”.
La aplicación de las reglas de derecho privado permite, adicionalmente, que estas empresas celebren contratos incluso a partir del sólo consentimiento, determinando con amplia libertad el contenido de sus obligaciones y de los derechos correlativos, con el límite del orden público y de las buenas costumbres, y sin que esta Superintendencia pueda emitir pronunciamiento relacionado con dichos actos y contratos, revisarlos de forma previa y/o verificar su legalidad, tal y como se pretende en la presente consulta, ya que, de hacerlo, se podría configurar una extralimitación de funciones, y constituiría actos de coadministración a sus vigilados.