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Precisiones de la SSPD sobre la definición de “residuo sólido”

Escrito por  Ene 11, 2023

“La definición de “residuo sólido” se encuentra en función de la generación o presentación que el usuario y/o suscriptor hace de un objeto, material, sustancia o elemento principalmente sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales,

comerciales, institucionales o de servicios, para su recolección y transporte por parte de un prestador del servicio público de aseo. Los residuos sólidos que no tienen características de peligrosidad se dividen en aprovechables y no aprovechables. A su turno, el concepto de “residuo sólido ordinario” obedece al manejo, tratamiento o disposición que normalmente hace el prestador del servicio de aseo, de todo residuo sólido de características no peligrosas que por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso es recolectado por él”.

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