restablecimiento se declaró que la aseguradora Confianza S.A. no tiene obligación de pagar las sumas contenidas en los actos administrativos resoluciones, expedidos por el Ministerio de Transporte en el marco del contrato, con cargo a la garantía única de cumplimiento, ni en los actos administrativos que por vía de reposición confirmaron las mencionadas resoluciones. En caso de haberlo hecho, el Ministerio de Transporte deberá restituir las sumas pagadas por Confianza S.A., debidamente indexadas desde el tiempo de su pago hasta la época en que se efectúe el reintegro con base en el índice de precios al consumidor.