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Consideraciones de la SSPD relacionadas con el mantenimiento de las redes que integran el sistema de alcantarillado y las inversiones ambientales adicionales para la protección de cuencas y fuente de agua

Escrito por  Dic 28, 2022

“Conforme lo establece el numeral 46 del artículo 2.3.1.1.1 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, el servicio público de alcantarillado comprende la recolección de aguas lluvia, por medio de tuberías y conductos. En este sentido, si bien el alcantarillado pluvial hace

parte integral del servicio público de alcantarillado, se debe tener en cuenta que, en muchos lugares geográficos del país, no existe una separación física de las redes del mismo, por lo que el conjunto de tuberías, accesorios, estructura y equipos que conforman el sistema de evacuación y transporte de las aguas lluvias, residuales o combinadas, son las mismas del alcantarillado sanitario, es decir, integran el sistema de alcantarillado que opera la empresa y con la cual presta el servicio a sus suscriptores, es decir que, los costos del mantenimiento de las redes que transportan las aguas lluvias, puede encontrarse incluido en la tarifa, siempre que no sea responsabilidad de otra entidad”.

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