autorice el aporte figure este valor. Las Comisiones de Regulación establecerán los mecanismos necesarios para garantizar la reposición y mantenimiento de estos bienes. Lo dispuesto en el presente artículo no es aplicable cuando se realice enajenación o capitalización respecto de dichos bienes o derechos”. Con la modificación introducida en la Ley del Plan Nacional de Desarrollo del 2007, los supuestos para aplicación de la norma quedaron como se encuentra indicado en el presente concepto.